Df 2 convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Musica y de Danza y la Educacion secundaria obligatoria y el Bachillerato
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»D.F. 2ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
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Se habilita al Ministro de Educación, Política Social y Deporte para, en el ámbito de sus competencias, dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para desarrollar el presente real decreto.
