Df 2 Cooperación Internac... Andalucía

Df 2 Cooperación Internacional para el Desarrollo de Andalucía

Ver Indice
»

D.F. 2ª. Plan Andaluz de Cooperación al Desarrollo.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En el plazo de un año desde la entrada en vigor de la presente Ley, el Consejo de Gobierno remitirá al Parlamento de Andalucía el Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo, a los efectos previstos en el artículo 11 de la misma.»

Sevilla, 22 de diciembre de 2003

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía