Df 2 Coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor
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1. Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
2. No obstante, las disposiciones reguladoras de la colaboración financiera a través del instrumento del contrato programa entrarán en vigor el 1 de enero de 2021.
3. Asimismo, el Título III entrará en vigor a los tres meses de la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
