Df 2 Costas
Ver Indice
»D.F. 2ª
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. En el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, el Gobierno, a propuesta del Ministro de Obras Públicas y Urbanismo, aprobará el Reglamento General para su Desarrollo y Ejecución.
2. Asimismo el Gobierno dictará, a propuesta de los Ministros en cada caso competentes, las demás disposiciones que resulten necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en esta Ley.
