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D.F. 2ª. Entrada en vigor

Vigente

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La presente ley entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos guarden esta Ley y que los Tribunales y las Autoridades a los que correspondan la hagan guardar.

Palma, a diecisiete de octubre de dos mil seis

EL PRESIDENTE

Jaime Matas Palou

La Consejera de Presidencia y Deportes

Mª Rosa Puig Oliver