Df 2 desarrolla la Ley 37/2007 -reutilización de la información del sector público, para el ámbito del sector público estatal-
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»D.F. 2ª. Habilitación para el desarrollo normativo.
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Por los Ministros de Industria, Turismo y Comercio y de Política Territorial y Administración Pública, se dictarán conjunta o separadamente, según las materias de que se trate, y en el ámbito de sus respectivas competencias, las disposiciones que exijan el desarrollo y aplicación de este real decreto.
