Df 2 desarrolla reglamentariamente la Ley 40/2007 -medidas en materia de Seguridad Social- en relacion con la prestacion de incapacidad temporal
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»D.F. 2ª. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
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Se faculta al Ministro de Trabajo e Inmigración y al Ministro de Sanidad y Política Social para dictar cuantas disposiciones de carácter general resulten necesarias para la aplicación y desarrollo de este real decreto.
