Df 2 Desarrollo del art 24 de la Ley 31/1995, en materia de coordinación de actividades empresariales
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Df 2 Desarrollo del art. 24 de la Ley 31/1995, en materia de coordinación de actividades empresariales

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D.F. 2ª. Entrada en vigor.

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El presente real decreto entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» .

Dado en Madrid, a 30 de enero de 2004.

JUAN CARLOS R. El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, EDUARDO ZAPLANA HERNÁNDEZSORO