Df 2 Desarrollo del RD. que regula el procedimiento especial para el reintegro de las prestaciones de la Seguridad Social indebidamente percibidas
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
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La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de julio de 1997.
ARENAS BOCANEGRA
Excmo. Sr. Secretario de Estado de la Seguridad Social.
