Df 2 Estatuto de Consumidores y Usuarios de Extremadura
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»DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.
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La presente norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 18 de abril de 1995.
El Presidente de la Junta de Extremadura,
Juan Carlos Rodriguez Ibarra
La Consejera de Bienestar Social,
M.ª Emilia Manzano Pereira
