Df 2 Estatuto de las Personas Consumidoras de La Mancha
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»D.F. 2ª. Actualización de la circunstancia agravante del volumen de facturación.
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Corresponderá al Consejo de Gobierno la revisión de la cuantía regulada en el artículo 143.3 como circunstancia agravante para la calificación de las infracciones como muy graves.
Modificaciones
- Artículo modificado (rúbrica y contenido) por Ley 3/2026, de 30 de abril, de modificación de la Ley 3/2019, de 22 de marzo, del Estatuto de las Personas Consumidoras en Castilla-La Mancha. (CM de 12-05-2026) en vigor desde 12-08-2026

