Df 2 Ferroviaria
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
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La presente ley entra en vigor a los tres meses de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir
Palacio de la Generalidad, 31 de marzo de 2006.
| JOAQUIM NADAL I FARRERAS, | PASQUAL MARAGALL I MIRA, |
| Consejero de Política Territorial y Obras Públicas | Presidente |
