Df 2 Finanzas de Cantabria
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
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La presente Ley entrará en vigor el día uno de enero de dos mil siete.
Palacio del Gobierno de Cantabria, 24 de octubre de 2006.-El Presidente de la Comunidad Autónoma de Cantabria, Miguel Ángel Revilla Roiz.
