Df 2 Función pública de I Balears

Df 2 Función pública de I. Balears

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D.F. 2ª

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Se autoriza al Gobierno de las Illes Balears para que, una vez que entre en vigor el Estatuto Básico del Empleado Público, lleve a cabo las modificaciones que sean necesarias para adecuar el contenido de la presente ley.