Df 2 Impuesto sobre la Renta de No Residentes de Álava -Derogada-
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor
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La presente Norma Foral entrará en vigor el 3 de mayo de 1999. En el caso de contribuyentes que operen mediante establecimiento permanente, esta Norma Foral será de aplicación a los períodos impositivos que se cierren a partir de la expresada fecha.
