Df 2 Impuesto sobre las Transacciones Financieras de Navarra
D.F. 2ª.-Entrada en vigor.
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La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de Navarra y con efectos desde el 16 de enero de 2021, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria séptima del Convenio Económico, en su redacción dada por la Ley 22/2022, de 19 de octubre.
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta ley foral, ordeno su inmediata publicación en el Boletín Oficial de Navarra y su remisión al Boletín Oficial del Estado y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 28 de diciembre de 2022.-La presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, María Chivite Navascués.
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