Df 2 Levantamiento de suspensión de plazos administrativos establecido en RD de declaración de estado de alarma
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
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El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 15 de mayo de 2020.
El Presidente de la Junta de Extremadura,
GUILLERMO FERNÁNDEZ VARA
La Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración Pública,
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES
