Df 2 Medidas 1997 Fiscales, Administrativas y del Orden Social
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»D.F. 2ª. Bases de datos tributarios.
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Se autoriza al Ministro de Economía y Hacienda para que, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal, y en las normas que la desarrollan, sin perjuicio de las competencias que le corresponden a la Agencia de Protección de Datos, apruebe las normas básicas de control y seguridad del acceso a las bases de datos y archivos automatizados de la Administración tributaria en los casos legalmente permitidos.
