Df 2 Medidas Fiscales y Administrativas 2014 de Cantabria
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»D.F. 2ª. Habilitación normativa
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En tanto no se apruebe la Ley de Espectáculos Públicos en la Comunidad Autónoma de Cantabria, se faculta al Consejo de Gobierno y a la Consejería competente para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para la regulación de dicha materia, con el límite de aquellas materias que estén por su naturaleza jurídica sujetas a reserva de ley.
