Df 2 Medidas fiscales urg...tributaria

Df 2 Medidas fiscales urgentes en materia tributaria

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D.F. 2ª. Entrada en vigor.

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El presente Decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, si bien los apartados uno y seis del artículo único y las disposiciones adicionales primera, segunda y tercera, surtirán efectos desde el 1 de enero de 2025.

Mérida, 23 de enero de 2025.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

ELENA MANZANO SILVA

La Presidenta de la Junta de Extremadura,

MARÍA GUARDIOLA MARTÍN