Df 2 Medidas para el mant...s públicos

Df 2 Medidas para el mantenimiento de los servicios públicos

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D.F. 2ª.- Entrada en vigor.

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1. La presente ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón .

2. No obstante, las medidas relativas a los Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, sobre Sucesiones y Donaciones, sobre Hidrocarburos y sobre los nuevos Impuestos Medioambientales tendrán efectividad a partir del 1 de enero de 2016.

Así lo dispongo a los efectos del artículo 9.1 de la Constitución y los correspondientes del Estatuto de Autonomía de Aragón.

Zaragoza, 28 de diciembre de 2015.

El Presidente del Gobierno de Aragón,

JAVIER LAMBÁN MONTAÑÉS