Df 2 Medidas tributarias, administrativas y de función pública de Baleares
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»DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.
Vigente
La presente Ley entrará en vigor, una vez publicada en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, el día 1 de enero del año 2005.
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos guarden esta Ley y que los Tribunales y las Autoridades a los que correspondan la hagan guardar.
Palma,a 23 de diciembre de 2004.
El Presidente,
Jaume Matas Palou.
El Consejero de Economía, Hacienda e Innovación,
Luís Angel Ramis de Ayreflor Cardell.

