Df 2 Medidas urgentes para la reforma de la negociación colectiva
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»D.F. 2ª. Facultades de desarrollo.
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Se autoriza al Gobierno y a la persona titular del Ministerio de Trabajo e Inmigración, en el ámbito de sus competencias, a dictar las disposiciones necesarias para la ejecución y desarrollo de lo establecido en este real decreto-ley.
