Df 2 Modalidad de prestación de servicios en régimen de teletrabajo en la Administración
- Norma derogada desde el 5 de febrero de 2026. - DECRETO 3/2026, de 15 de enero, por el que se regula el teletrabajo para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
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»D.F.2ª. Entrada en vigor.
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El presente decreto entrará en vigor en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, con excepción del Capítulo VI Prestación de servicios en la modalidad de trabajo no presencial en situaciones extraordinarias o excepcionales, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.
Valladolid
2022-06-23
El Presidente de la Junta de Castilla y León, El Consejero de la Presidencia, Fdo. Alfonso Fernández Mañueco Fdo. Jesús Julio Carnero García

