Df 2 modifica el RD. 1345/2007 -autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano industriales-, y el RD. 1246/2008 -autorizacion, registro y farmacovigilancia de los medicamentos veterinarios-
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
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El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 3 de septiembre de 2010.
JUAN CARLOS R.
La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, MARÍA TERESA FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ
