Df 2 Modificación del Reglamento del Impuesto sobre Sociedades RIS
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
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Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», y tendrá efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2020 y que no hayan concluido a la entrada en vigor de este real decreto.
Dado en Madrid, el 29 de diciembre de 2020.
FELIPE R.
La Ministra de Hacienda,
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO
