Df 2 Notificaciones y comunicaciones electrónicas en la Administración de la Seguridad Social
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»D.F. 2ª. Facultades de aplicación y desarrollo.
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Se faculta al titular de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones para dictar cuantas resoluciones resulten necesarias para la aplicación y ejecución de lo previsto en esta orden.
