Df 2 Patrimonio de Cantabria

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DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Competencias de gestión de los bienes de dominio público.

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Las Consejerías y organismos públicos a los que corresponda la gestión y administración del dominio público autonómico de carreteras, puertos, montes, aguas y demás propiedades administrativas especiales, ejercerán las competencias establecidas en su legislación específica.