Df 2 Plan especial de dinamización del sector de la vivienda y autorización de prestación de avales
Df 2 Plan especial de dinamización del sector de la vivienda y autorización de prestación de avales
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
Vigente
1. Este decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».
2. No obstante lo establecido en el apartado anterior, sólo podrá solicitarse la declaración de viviendas garantizadas una vez publicada la Orden a la que se refiere el apartado primero del artículo 15 de este decreto-ley.
Zaragoza, 14 de abril de 2009.
El Consejero de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes,
ALFONSO VICENTE BARRA
El Presidente del Gobierno de Aragón,
MARCELINO IGLESIAS RICOU