Df 2 Presupuestos 2020 de Aragón
D.F. 2ª. Modificación de la Ley 1/2017, de 8 de febrero, de medidas de racionalización del régimen retributivo y de clasificación profesional del personal directivo y del resto del personal al servicio de los entes del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Ley 1/2017, de 8 de febrero, de medidas de racionalización del régimen retributivo y de clasificación profesional del personal directivo y del resto del personal al servicio de los entes del sector público institucional de la Comunidad Autónoma de Aragón, se modifica en los siguientes términos:
Uno. El artículo 7 queda redactado como sigue:
«Artículo 7. Otras retribuciones.
1. El personal laboral al servicio de las entidades incluidas en el ámbito de aplicación de esta Ley podrá percibir complementos variables destinados a retribuir las condiciones en las que se desarrolla el desempeño de los puestos de trabajo. Estas retribuciones no tendrán, en ningún caso, carácter consolidable.
2. La percepción de estas retribuciones será posible solo en caso de que en la entidad contratante no se hayan producido en el año anterior despidos por causas económicas, procedimientos de despidos colectivos o reducciones salariales generalizadas.»
Dos. Se suprime la disposición adicional quinta.
