Df 2 Presupuestos General...e Canarias

Df 2 Presupuestos Generales para 2026 de la Comunidad Autónoma de Canarias

Ver Indice
»

D.F. 2ª. Modificación del Decreto 32/1997, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de la actividad económico-financiera del Servicio Canario de la Salud.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Primero. Se modifica el Decreto 32/1997, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de la actividad económico-financiera del Servicio Canario de la Salud, en los siguientes términos:

Uno. Se modifica el artículo 6, que queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 6. Adquisición, enajenación y gravamen de bienes y derechos.

1. Corresponde a la persona titular de la consejería competente en materia de sanidad la adquisición, enajenación y gravamen de los bienes y derechos integrantes del patrimonio del Servicio Canario de la Salud en los términos previstos en la legislación en materia de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias y su normativa de desarrollo, a la que también corresponderá su formalización.

2. Corresponde a la Dirección General de Recursos Económicos del Servicio Canario de la Salud la formación y tramitación de los expedientes relativos a la adquisición, enajenación y gravamen de los bienes y derechos integrantes del patrimonio de dicho organismo autónomo, debiendo remitir a la dirección general competente en materia de patrimonio la documentación correspondiente para su constancia en el inventario».

Dos. Se modifica el artículo 7, que queda redactado en los siguientes términos:

«Artículo 7. Arrendamiento de bienes inmuebles.

El arrendamiento de bienes inmuebles, así como la prórroga, novación o resolución anticipada de los correspondientes contratos se efectuará por la Dirección General de Recursos Económicos de dicho organismo autónomo, al que corresponderá asimismo su formalización, en los términos previstos en la legislación en materia de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias y su normativa de desarrollo».

Segundo. Cláusula desalvaguarda de rango reglamentario.

Mantiene el rango reglamentario de decreto la norma modificada por esta disposición final.