Df 2 Presupuestos Generales para el año 2026 de la Comunidad de Madrid
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»D.F. 2ª. Modificación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre.
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Se modifica el apartado 1 del artículo 220 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, que queda redactado de la siguiente forma:
«1. La tasa se exigirá de acuerdo con la siguiente tarifa:
Tarifa 38.01. Cobertura del servicio de prevención y extinción de incendios y salvamentos de la Comunidad de Madrid:
La cuota será la resultante de multiplicar la cantidad de 35 euros por el número de habitantes del municipio, con un límite de:
120.000 habitantes para el año 2026
130.000 habitante para el año 2027
150.000 habitantes a partir del año 2028».
