Df 2 Procedimiento para el reconocimiento de la condición de familia numerosa y su categoría, la expedición, renovación, modificación o revocación del título y del carné de familia numerosa
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»D.F. 2ª. Habilitación.
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Se habilita a la persona titular de la Secretaría General competente en materia de familias a dictar instrucciones y a realizar cuantas actuaciones sean necesarias para su aplicación, desarrollo y ejecución.
