Df 2 promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas
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»D.F. 2ª.
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La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya».
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos a los que sea de aplicación esta Ley cooperen en su cumplimiento y que los tribunales y autoridades a los que corresponda la hagan cumplir.
Palacio de la Generalidad, 25 de noviembre de 1991.
ANTONI COMAS I BALDELLOU,
Consejero de Bienestar Social
JORDI PUJOL I SOLEY,
Presidente
