Df 2 Promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas de Madrid
Ver Indice
»D.F. 2ª.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, en el plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente Ley, elaborará el Reglamento necesario para su desarrollo, que contendrá las condiciones técnicas de accesibilidad y eliminación de barreras de todos aquellos usos urbanísticos, actividades, transportes y edificaciones.
