Df 2 Publicidad institucional I. Balears
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»D.F. 2ª.Reglamento de la Comisión de Publicidad Institucional de las Illes Balears
Vigente
En el plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno debe aprobar el reglamento que determine la composición, la organización y el funcionamiento de la Comisión de Publicidad Institucional de las Illes Balears.

