Df 2 reconocimiento efectivo del tiempo de prestación del servicio social de la mujer en el acceso a la pensión de jubilación parcial
Ver Indice
»D.F. 2ª. Título competencial.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La presente ley se dicta en virtud del artículo 149.1.17.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de régimen económico de la Seguridad Social.
