Df 2 Régimen de acceso y traslado de personas en situación de dependencia a plazas de centros residenciales y centros de día y de noche
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
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El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 19 de octubre de 2010
José Antonio Griñán Martínez
Presidente de la Junta de Andalucía
Micaela Navarro Garzón
Consejera para la Igualdad y Bienestar Social
