Df 2 Régimen fiscal de cooperativas de Bizkaia
- La presente Norma Foral tendrá efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2018.
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»D.F. 2ª. Habilitación normativa
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Se autoriza a la Diputación Foral de Bizkaia y al diputado foral de Hacienda y Finanzas para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y aplicación de esta Norma Foral.
En Bilbao, a 12 de diciembre de 2018.
La Presidenta de las Juntas Generales ANA OTADUI BITERI
El Secretario Primero de las Juntas Generales, KOLDO MEDIAVILLA AMARIKA
