Df 2 Régimen de retribuciones de los funcionarios de Administración Local
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.F. 2ª.
Vigente
El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 25 de abril de 1986.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Administración Territorial,
FELIX PONS IRAZAZABAL
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 03-05-1986 en vigor desde 04-05-1986