Df 2 Régimen de retribuciones de los funcionarios de Administración Local
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El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid a 25 de abril de 1986.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Administración Territorial,
FELIX PONS IRAZAZABAL
