Df 2 Reglamento del Mutualismo Judicial
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D.F. 2ª. Desarrollo del Reglamento.

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Se habilita al Ministro de Justicia para dictar cuantas disposiciones requiera la aplicación y desarrollo de lo establecido en este real decreto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 04-08-2011 en vigor desde 05-08-2011