Df 2 Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Comisiones Provinciales de Valoraciones -Vigente-
Reglamento de Organización y Funcionamiento de las Comisiones Provinciales de Valoraciones -Vigente-
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
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1. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
2. La indemnización a que hace referencia el artículo 10, apartado segundo, del Reglamento, no será aplicable hasta la entrada en vigor de la orden que apruebe los importes que proceda abonar.
Sevilla, 18 de septiembre de 2018
SUSANA DÍAZ PACHECO
Presidenta de la Junta de Andalucía
MANUEL JIMÉNEZ BARRIOS
Vicepresidente de la Junta de Andalucía y Consejero de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática
