Df 2 Reglamento de Policí... Andalucía

Df 2 Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria de Andalucía

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DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Facultad de desarrollo.

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Se faculta al Consejero de Salud para dictar cuantas disposiciones sean necesarias en desarrollo y ejecución de lo establecido en este Decreto y en el Reglamento que se aprueba.