Df 2 Reglamento de los procedimientos de movilidad del personal funcionario de carrera de la Administración general y de las entidades públicas instrumentales integrantes del sector público autonómico
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor
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El presente decreto entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, cuatro de agosto de dos mil veintidós
Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente
Miguel Corgos López-Prado
Conselleiro de Hacienda y Administración Pública
