Df 2 Se regula la intervención integral de la Atención Infantil Temprana
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»D.F. 2ª. Desarrollo y ejecución.
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Se faculta a las personas titulares de las Consejerías competentes en materia de salud, educación y servicios sociales dentro de sus respectivos ámbitos de competencias, para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.
