Df 2 Se regulan las declaraciones de movimientos de medios de pago en el ámbito de la prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo
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»D.F. 2ª. Habilitación a la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias.
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La Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, a través de su Comité Permanente, podrá dictar instrucciones de servicio para la aplicación de esta orden.
