Df 2 Restitución o Compensación a los Partidos Políticos de Bienes y Derechos Incautados en aplicación de la normativa del período 1936-1939 sobre responsabilidades políticas
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor.
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La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Madrid, 15 de diciembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
JOSÉ MARÍA AZNAR LÓPEZ
