Df 2 Subvenciones para obras y servicios municipales consecuencia de catástrofes naturales, y redes viarias
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»D.F. 2ª. Derecho Supletorio.
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En lo no previsto en la presente Orden, se aplicará supletoriamente lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones, en y en su Reglamento de desarrollo, así como la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

