Df 2 Suelo rústico
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D.F. 2ª.

Vigente

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Esta Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares».

Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos guarden esta Ley y que los Tribunales y las autoridades a los que corresponda la hagan guardar.

Palma de Mallorca, 8 de julio de 1997.

MIQUEL A. RAMIS SOCÍAS

Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Litoral

JAIME MATAS PALOU

Presidente

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 15-07-1997 en vigor desde 16-07-1997