Df 2 Suelo rústico
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»D.F. 2ª.
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Esta Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares».
Por tanto, ordeno que todos los ciudadanos guarden esta Ley y que los Tribunales y las autoridades a los que corresponda la hagan guardar.
Palma de Mallorca, 8 de julio de 1997.
MIQUEL A. RAMIS SOCÍAS
Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Litoral
JAIME MATAS PALOU
Presidente
