Df 2 TR. de las Disposiciones Legales de Baleares en materia de tributos cedidos por el Estado
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»D.F. 2ª. Entrada en vigor
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El presente decreto legislativo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, 6 de junio de 2014
| El presidente | |
| José Ramón Bauzá Díaz | |
| El consejero de Hacienda y Presupuestos | |
| José Vicente Marí Bosó |
